YA SE SABE EN BASE A QUÉ SE CALCULARÁ PRECIO DE CARROS USADOS (+LEY DE COMPRA Y VENTA)
El precio de carros usados tendrá como base la UT, pero la fórmula para definir el nivel de depreciación del carro incluye 3 factores: la antigüedad, el kilometraje y las condiciones del vehículo.
La Ley de Compra y Venta de Carros contiene 33 artículos. Su objetivo es regular la compra y venta de carros nuevos, importados o ensamblados en el país, así como regular la recompra y reventa de vehículos nuevos y usados, para atacar las mafias que han distorsionado el mercado automotriz. Su promulgación en Gaceta Oficial, para que entre en vigencia dependerá del Ejecutivo Nacional.
Los precios de los vehículos nuevos serán fijados por el Ejecutivo Nacional, a diferencia de los precios para la compra y venta de vehículos usados que quedarán bajo la responsabilidad del vendedor, quien deberá valerse de la fórmula específica que ofrecerá la Ley.
El artículo 6 del proyecto establece que “el precio máximo para la venta de vehículos usados será determinado tomando en cuenta el año de ensamblaje o importación, las condiciones del vehículo, kilometraje recorrido, la depreciación y el valor de reposición hasta el momento de la transacción (…)”.
La ecuación, que estará disponible en la página web del Ministerio del Comercio, a los 30 días de la promulgación y aparición en Gaceta Oficial de la Ley, establece que el cálculo se realizará tomando el precio original del vehículo según su año modelo, dividido entre el valor de las Unidades Tributarias (UT) del año de la compra, multiplicado por el valor de la Unidad Tributaria (UT) vigente al momento de la venta. Esto se multiplicará por 1 y se le restará la depreciación.
El precio de carros usados tendrá como base la Unidad Tributaria, sin embargo la fórmula para definir el nivel de depreciación del carro incluye tres factores: la antigüedad, el kilometraje y las condiciones del vehículo.
Estos precios regulados para la venta de vehículos nuevos y/o usados, deberán ser más bajos que los de la última tarifa vigente en concesionarios, hasta el 28 de febrero del presente año, y entrarán en vigencia cuando sea promulgada la nueva Ley.
Consideraciones de la nueva Ley
Esta ley contempla la creación de una Comisión Mixta de Precios, que tiene prevista su conformación en 120 días, después de la aprobación por el Ejecutivo Nacional. Esta se encargará de regular los precios de la compra y venta de los vehículos, tomando en cuenta variables como divisas otorgadas por Cadivi, costos, tributos y ganancias.
Con la aprobación de esta Ley se prohibirá a toda persona natural o jurídica ofertar vehículos usados en páginas web y medios de comunicació a un precio mayor al que corresponden al último año. Igualmente, las notarías y registros deberán informar cada 6 meses al Indepabis los datos del comprador, el vendedor y el precio de la transacción de los vehículos con hasta dos años de uso.
Las ensambladoras e importadoras de los vehículos deberán publicar la lista de precios sugeridos de los carros así como sus características internas y externas, y no podrán cubrir los vehículos nuevos o con hasta dos años de uso, por un valor mayor al precio de venta sugerido.
Por su parte, las comercializadoras están obligadas a publicar la lista de espera de los compradores de vehículos en un lugar visible dentro de sus instalaciones, tampoco podrán obligar ni ofrecer la compra de accesorios para los vehículos, y tendrán que devolver el dinero correspondiente a carros vendidos por encima del precio de venta sugerido en un lapso de seis meses.
Multas y Sanciones
La ley establece las reglas de comercialización de todo el mercado automotriz, y las sanciones para quienes las incumplan van desde 1.000 UT (Bs.107.000) a 20.000 UT (Bs. 2.140.000).
La sanción más alta, de 20.000 UT, se aplicará a la venta de carros nuevos o usados con precios superiores a los definidos por el ente competente; a quienes incumplan la publicación mensual de la lista de espera para la compra de vehículos; a las ventas de vehículos, a trabajadores de ensambladoras o comercializadoras que no cumplan con las normas, y a las aseguradoras y funcionarios del INTT que no desincorporen del parque automotor de vehículos no aptos declarados pérdida total.
También aplica a aseguradoras, comercializadoras, importadoras, ensambladoras que subasten vehículos, y a la publicación de ofertas de vehículos a precio superior en medios de comunicación, páginas web o cualquier otro medio publicitario.
Los locales para comercializar vehículos automotores terrestres usados también deben cumplir con condiciones mínimas, o serán sancionados con la multa máxima, por lo que deben: Tener 100 metros cuadrados de exhibición, conformados por edificaciones de mamposterías y techadas, pisos de concreto con revestimientos lisos, área administrativa y baños públicos.
Repuestos y Póliza de Seguros
Los precios de los repuestos serán congelados hasta tanto Sundecop, en un plazo de 180 días a partir de que se publique la Ley, establezca el costo de las aproximadamente 1.200 partes que componen un carro.
Por otra parte, la Ley establece que no podrán emitirse pólizas por montos que superen los precios de venta establecidos y que en los documentos de compra venta también deben redactarse respetando dichos montos. Asimismo incluye como una disposición transitoria que las renovaciones de las pólizas deben ajustarse al precio máximo de venta determinado para cada modelo de vehículo, lo cual quiere decir que la ley generará una pérdida del patrimonio para los propietarios.
La Ley de Compra y Venta de Vehículos Automotores Terrestres, Nuevos y Usados Nacionales o Importados fue sancionada este 13 de agosto y entrará en vigencia tras su promulgación por parte del Ejecutivo Nacional.
(Nota de prensa)
http://laiguana.tv/noticias/2013/09/27/8660/YA-SE-SABE-EN-BASE-A-QUE-SE-CALCULARA-PRECIO-DE-CARROS-USADOS-LEY-DE-COMPRA-Y-VENTA-.html
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